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PUBLICACIONES > Pizarrón No. 19

"PIZARRA". Periódico cuatrimestral, dirigido a Mujeres Educadoras y Líderes Comunitarios. Sus páginas centrales denominadas PIZARRÓN, introducen didácticamente un tema para ser trabajado como periódico mural o guía práctica en actividades educativas comunitarias.

PARTICIPEMOS EN PRO DE NUESTRA COMUNIDAD

Los Mecanismos de Participación ciudadana son seis:

La Iniciativa Popular, el Referendo, la Consulta Popular, la Revocatoria del Mandato, el Plebiscito y el Cabildo Abierto.

En esta ocasión, vamos a conocer uno de ellos que, como líderes, animadoras de la comunidad o simples ciudadanas, podemos ponerlo en práctica, pues depende directamente de nosotros, no de los diferentes estamentos gubernamentales. Esta es: La

INICIATIVA POPULAR

¿ QUÉ ES LA INICIATIVA POPULAR?

Es el derecho que tienen los ciudadanos a presentar proyectos ante el Congreso de la República, las Asambleas Departamentales, los Consejos Municipales y Distritales y las juntas Administradoras Locales (JAL). Después de que estas Corporaciones revisan los proyectos presentados, avisan a los ciudadanos si el proyecto que presentaron es aprobado o no.

¿PARA QUE SIRVE PRESENTAR UNA INICIATIVA?

Presentando una Iniciativa. Podemos lograr cambios importantes es nuestra comunidad (departamento, municipio, localidad, barrio). Es importante que conozcamos bien cuáles son las necesidades más apremiantes de la misma y, una vez lo sepamos, pensar cómo podemos convertir nuestras ideas en un proyecto factible que satisfaga nuestras necesidades y aporte beneficios para el desarrollo común.

¿SOBRE QUE PODEMOS PRESENTAR INICIATIVAS?

Los proyectos que se pueden presentar deben ser sobre temas que sean de la competencia de la corporación pública a la que se envíen, Por ejemplo las Asambleas Departamentales y los Consejos Municipales, se encargan respectivamente de expedir la disposiciones relacionadas con la planeación, el desarrollo económico y social y el apoyo financiero de:

· Infraestructura (parques, vías de comunicación, planteles educativos).
· Salud (centros de salud, equipos médicos, etc).
· Turismo ( adecuación de sitios turísticos, hoteles).
· Transporte (rutas de acceso a departamentos o municipios, transporte de elementos que satisfagan las necesidades de los habitantes).
· Ambiente (preservación de territorios , regulación de desechos, programas para combatir la polución, rellenos sanitarios, programas de reciclaje, etc).

No se podrán presentar iniciativas para desarrollar materias que competan al gobierno nacional, departamental o distrital. Tampoco sobre aspectos que tengan que ver con modificaciones del presupuesto o con los impuestos de un departamento o municipio, ni con los que se refieran a la concesión de indultos o amnistías, o preservación y restablecimientos del orden público.

¿CÓMO INSCRIBIR UNA INICIATIVA POPULAR?

Las personas (promotores) que presentan una iniciativa deben cumplir con unos requisitos (calidades), los cuales se presentan en el siguiente cuadro:

Para calcular el 5 por mil del número de habitantes de su región, haga la siguiente operación :

Número de habitantes x 5 dividido 1.000. Por ejemplo si el censo electoral de la Guajira es de 220.532 inscritos, ¿con cuántos apoyos debe contar como mínimo los promotores de una iniciativa popular departamental?
Se multiplica: 220.532 x 5 = 1´102.660
Se divide: 1`102.660 entre 5 = 1.103

El resultado es: el 5 por mil de 220.532 es igual a 1.103 firmas de ciudadanos. Así los promotores de la Guajira deben contar como mínimo con 1.103 firmas para presentar su iniciativa.

COMITÉ DE PROMOTORES Y VOCERO
Los promotores de una iniciativa popular que representen a organizaciones, partidos o movimientos políticos, integrarán el "El comité de promotores ", que se compondrá por nueve personas. Deben ser elegidas en Asamblea General. También podrá estar integrado por las directivas de la organización, partido o movimiento político, o por las personas que estas designen. Por ejemplo, la representante de la organización de MC, que presente una iniciativa Popular, formará parte del comité de Promotores.
Debe haber un vocero elegido por el comité quien lo presidirá y representará.

FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
El formulario de inscripción se entregará gratuitamente a las personas que lo soliciten.
Dicho formulario debe tener la siguiente información:
1. El número de firmas que los promotores deberán recoger para inscribir la iniciativa.
2. La advertencia de que cualquier fraude en el proceso de recolección de firmas será castigado penalmente.
3. Nombre completo y la identificación de los promotores y de su vocero.
4. La exposición de motivos de la iniciativa Popular y el resumen de la misma.
5. El titulo de la iniciativa y el proyecto articulado.
6. El lugar y la dirección de la resistencia de quienes respaldan la inscripción de la iniciativa, en los casos de iniciativas presentadas en el macro de la entidad territorial.
7. El nombre de la organización que respalda la iniciativa, la prueba de su existencia y la copia del acta de la asamblea, congreso o convención en que fue adoptada la decisión .Si no se tiene dicha acta, la lista con el nombre firma y número del documento de identificación de las personas que respaldan el proceso.
8. El municipio o departamento respectivo cuando la iniciativa sea promovida por concejales o diputados.
El vocero del comité entregará el formulario debidamente diligenciado.

REDACCIÓN DE LA INICIATIVA POPULAR
La iniciativa Popular debe estar redactada en forma de proyecto, haciendo una consideración que son la justificación y unos objetivos que es lo que pretende lograr. Se debe referir a un solo tema, de esta manera se hace más fácil su lectura y aprobación.

RESPALDO CIUDADANO
El Registrador ante la cual se inscribió la iniciativa tiene quince (15) días a partir de la inscripción para elaborar y entregar los formularios de recolección de apoyo de las promotores de la iniciativa.
Los promotores tendrán seis (6) meses para recolectar las firmas de los ciudadanos que apoyan la iniciativa popular.
Como el espacio de esta sección no nos permite explicar más detalladamente el tema, puede solicitar más información en los Concejos Municipales, en la JAL o en la biblioteca del municipio.

Adaptado de: Mecanismos de participación Ciudadana Ley 134 de 1994, Pedro Alfonso Hernández M. ESAP Ed. Príncipe, Santafé de Bogotá, 1994.

 

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